Ayudas sociales de carácter extraordinario 2024

El Objeto de estas Ayudas es la mejora de la situación económica de las personas que actualmente son titulares de:

Acuerdo de 27 de diciembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen ayudas sociales de carácter extraordinario a favor de las personas perceptoras del Fondo de Asistencia Social y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos para el año 2024.

Acuerdo de 27 de diciembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen ayudas sociales de carácter extraordinario a favor de pensionistas por jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas, para el año 2024.

Estas Ayudas son Financiadas y Gestionadas por la Junta de Andalucía, y sólo pueden beneficiarse de ellas los ciudadanos y ciudadanas residentes en esta Comunidad Autónoma.

Tipos y Cuantías de estas ayudas:

  • Ayuda Económica de carácter extraordinario para beneficiarios del Fondo de Asistencia Social (F.A.S.) y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (S.G.I.M.).

    Se accederá a ellas, siempre que se tenga derecho a percibir la Ayuda con cargo al F.A.S. por Enfermedad o por Ancianidad, o el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos derivado de las Prestaciones Sociales para Personas con Discapacidad (P.S.P.D).

    Consiste en una cuantía anual de 1.725,50 euros, que se abonarán en cuatro pagos a lo largo del año, por un importe de 431,37euros cada uno, los cuales se harán efectivos en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. .

  • Ayuda Social de carácter extraordinario para beneficiarios de Pensiones no contributivas por Jubilación e Invalidez.
    Se accederá a ellas, siempre que se sea titular de pensiones no contributivas con los siguientes requisitos:

    • Tener esta condición a 31 de Diciembre de 2023.

    • Tener la residencia habitual en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

    Consiste en una cuantía anual de 178,42 euros, que se abonará en un sólo pago durante el primer trimestre del año 2024.

Teléfono
955048000
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